Pensión Alimenticia  Será Retroactiva y Con Intereses

Pensión Alimenticia Será Retroactiva y Con Intereses

pensión-alimenriaLa Suprema Corte de Justicia de México emitió el día de ayer un falló a favor de que la Pensión alimenticia  sea retroactiva y con intereses a partir de la fecha de nacimiento del menor que el padre no haya reconocido y efectivamente sea su hijo biológico.

Los Ministros de la primera sala apararon a una mujer de 25 años de edad originaria de  Guanajuato que exigía que su padre la reconociera y le pagara la pensión alimenticia correspondiente a todos esos años.

Con los votos a favor de los ministros  Alfredo Gutiérrez Ortiz  Mena, Olga Sánchez cordero y Arturo Zaldivar y con los votos en contra de Jorge Mario Pardo rebolledo y José Ramón Cossio Díaz, la Primera Sala reiteró que el derecho a recibir alimentos no depende del reconocimiento de la paternidad se  debe de otorgarse a partir del nacimiento del hijo.

Establecieron que para poder demandar la pensión retroactiva debe demostrarse que el padre estaba informado del embarazo de la madre o nacimiento de los hijos  tras lo cual se negó a cumplir con sus obligaciones.

También determinaron que la indemnización a la que tiene derecho de un hijo que no recibió pensión alimenticia durante su infancia  debe de establecerse tomando en cuenta la capacidad económica del padre en la actualidad.

Tras amparar a la joven, los ministros enviaron el caso a un tribunal para defina el monto de los 25 años que deberá de pagar el padre, tomando en consideración que, también en Guanajuato, se establece un interés del 6% anual por alimentos caídos.

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